Protocolo de Género

Protocolo de Acción Institucional para la prevención e intervención ante situaciones de violencia o discriminación de género u orientación sexual

Qué es el Protocolo

Es una norma, sancionada por la Universidad de Buenos Aires a través de la Resolución RES CS 4043/15 y su posterior modificación a través de la RES CS 1918/2019  que te protege ante cualquier caso de discriminación, hostigamiento y/o violencia que puedas sufrir por razones de género, orientación sexual y/o identidad de género dentro del ámbito de la Universidad de Buenos Aires, o fuera.

A quiénes protege 

A todas las mujeres como así también a las personas que autoperciban identidades de género diferentes a las asignadas momento del nacimiento, a aquellos/as quienes tengan una orientación sexual distinta a la heterosexual, o expresen cualquier forma de disidencia sexual y que puedan sufrir alguna situación de violencia y/o discriminación por razones de género, diversidad u orientación sexual.

Esto incluye a estudiantes, docentes, nodocentes, funcionarios/as o personal académico temporario o visitante.

Situaciones que abarca

De acuerdo al art. 3 el Protocolo incluye situaciones de violencia sexual y/o discriminación basada en el sexo y/o género de la persona, su orientación sexual, identidad de género y expresión de género, que tengan por objeto o por resultado excluir, restringir, limitar, degradar, ofender o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de las personas afectadas.

El protocolo comprende casos de

1)Acoso sexual Todo comentario o conducta con connotación sexual, que genere sensación de hostigamiento o asedio en la víctima, realizado con la finalidad de inducir a otra persona a aceptar un requerimiento sexual no deseado.

2)Hechos con connotación sexista Una acción o un comentario cuyo contenido discrimina, excluye, subordina, subvalora y/o estereotipa por razones de género, identidad u orientación sexual, provocando daño, sufrimiento, miedo, afectando la vida, la libertad, la dignidad, la integridad psicológica o la seguridad personal.

3)Hechos de violencia sexual: Toda conducta que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la persona de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual, a través de engaño, amenaza, coerción, uso de la fuerza o cualquier otra forma de intimidación.

Tenés derecho a 

Si pensás que sos víctima de alguna de estas formas de violencia, tenés derecho a realizar la consulta o denuncia administrativa ante un equipo interdisciplinario, que te brindará asesoramiento legal y psicológico, garantizando los principios rectores que establece el Protocolo: asesoramiento gratuito, respeto y privacidad, no revictimización y prevención.

Para información sobre el protocolo y  procedimiento para realizar la denuncia en laubadiceno.uba.ar

Protocolo de Acción Institucional para la prevención e intervención ante situaciones de violencia o discriminación de género u orientación sexual